Centro de ayuda - Propietario

Encuentra las respuestas a las preguntas frecuentes.

¿Cómo debo declarar las remuneraciones de cada reserva?: Directiva DAC7 y declaración de ingresos

Información general sobre la directiva DAC7 europea

La DAC7, acrónimo de Digital Administrative Cooperation, es una regulación de la Unión Europea que pretende reforzar la cooperación fiscal y digital entre países de los Estados miembros. Como plataforma con sede física y fiscal en uno de los países que conforman la UE, Yescapa está obligada a recopilar y compartir determinada información fiscal sobre los propietarios registrados en la plataforma e informar a las autoridades competentes.

¿A quién afecta la directiva?

De forma particular, a todas las plataformas digitales que proponen servicios de alquiler de vehículos, tal y como realiza Yescapa. Los propietarios que ponen sus vehículos al servicio del alquiler en nuestra plataforma, deben de igual modo acatar la obligatoriedad de que facilitemos las informaciones fiscales que sean requeridas por los organismos fiscales competentes.

¿Qué información será transmitida?

Con la intención de luchar contra el fraude fiscal y en virtud de la transparecia administrativa a tal efecto, Yescapa debe garantizar la información sobre todas las remuneraciones netas que se generen en la plataforma, independientemente de si se trata de una persona particular, profesional autónoma o sociedad mercantil, así como determinados datos fiscales que sean requeridos de forma específica, como la cuenta bancaria a la que irán dirigidas las transferencias de las remuneraciones generadas.

Todas las informaciones serán compartidas con los organismos competentes siguiendo los protocolos de seguridad evocados por la Ley de Protección de Datos y Privacidad y no serán compartidas, en ningún caso, de forma pública o particular individual.

¿Cómo afecta la directiva DAC7 a mi declaración de impuestos?

Nuestra obligación es únicamente informativa y no interfiere con tus responsabilidades en lo que se refiere a la declaración de ingresos. Los pasos evocados a continuación, así como la recomendación de obtener toda información suplementaria de la administración de la Hacienda Pública o de una gestoría especializada, siguen siendo una responsabilidad individual de los propietarios.


Declaración de ingresos 

Para alquilar tu vehículo dentro de la más absoluta legalidad, te recomendamos que te informes a través de la dirección Provincial de la Agencia Tributaria que corresponda a tu domicilio. Yescapa no dispone de un equipo gestor especializado, pero aquí encontrarás algunas aclaraciones generales que pueden ayudarte:

De forma general, ten en cuenta que tanto si eres usuario particular como usuario profesional, los ingresos obtenidos deberán ser declarados en su totalidad.

Con todo, no es lo mismo si ejerces una actividad profesional, es decir, si es tu actividad económica principal, o si, por el contrario, alquilas de forma esporádica.

Si alquilas regularmente, te aconsejamos que contactes con un asesor fiscal o con la propia Administración Pública para informarte sobre la posible necesidad de constituir una sociedad mercantil o darte de alta como persona autónoma.

Debes tener en cuenta que, a mayor volumen de beneficios, más afectación en tu declaración de ingresos, algo que dependerá tanto del volumen neto de remuneraciones obtenidas como de tu situación personal y profesional.

En cambio, si alquilas esporádicamente, no tienes obligación a darte de alta como persona autónoma o constituir una sociedad pero sí estás obligado a tributar de forma anual los rendimientos netos y realizar la declaración trimestral del IVA español del 21% o 7% de IGIC si te encuentras en las Islas Canarias. Así, de forma general:

  • Las ganancias netas totales serán declaradas y reflejadas en el apartado de los intereses bancarios (Artículo 25 Ley 35/2006 sobre el IRPF) como Rendimientos del Capital Mobiliario en tu Declaración de la Renta

  • Igualmente, sin importar si eres particular o profesional del alquiler, deberás darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores para facturar, repercutir el IVA español o IGIC canario y liquidar los mismos

  • La declaración del IVA del 21% o del IGIC del 7% la realizarás en función de las remuneraciones netas de tus alquileres. Para ello, recomendamos que calcules el precio de tus tarifas como un precio en bruto del que tendrás que deducir el IVA o el IGIC

Recuerda que Yescapa no dispone de un servicio de gestoría especializado. Por ello, te invitamos a solicitar más información a la propia Administración de Hacienda Pública o mediante los servicios de un agencia especializada en gestión fiscal.